Tel. (011) 5353 5230
Buenos Aires - Argentina
info@signumenergy.com.ar

Septiembre 03, 2020

PAC Eficiencia Energética - Res.79/2020

A continuación una breve descripción y los principales lineamientos y restricciones para acceder al nuevo PAC Eficiencia Energética, lanzado a través de la Resolución 79/2020 “Programa de Apoyo a la Competitividad (PAC)” de la Secretaria de la Pequeña Empresa y los Emprendedores – Ministerio de Desarrollo Productivo. El programa cubre hasta el 80% en ANR (aporte no reembolsable) de los proyectos presentados, los cuales apuntarán a realizar diagnósticos energéticos, implementar un Sistema de Gestión de Energía, ejecutar etapas de mejoras energéticas, o financiar compra de bienes de mayor Eficiencia.

A través de la resolución 79/2020, La Secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa y Los Emprendedores (Ministerio de Desarrollo Productivo) lanza el Programa de Apoyo a la Competitividad (PAC), destinado a Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyME). Dentro de dicho programa se convoca a la presentación de los siguientes proyectos de Desarrollo Empresarial: A- Proyectos de Transformación Digital (Anexo I). B- Proyectos de Calidad de Alimentos (Anexo II). C- Proyectos de Eficiencia Energética (Anexo III). D- Proyectos de Diseño e Innovación (Anexo IV). E- Proyectos de Reactivación Productiva Emprendedores (Anexo V). A continuación, desarrollaremos los principales lineamientos y restricciones para acceder al PAC de Eficiencia Energética. El PAC de Eficiencia Energética está destinado a fomentar las actividades de asistencia técnica destinadas a promover la eficiencia energética en las MIPyMEs, con el fin de generar ahorro en el consumo energético, reduciendo el impacto ambiental.

1) Destinatarios – Empresas Elegibles. a) Las empresas elegibles serán las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs) hasta “Medianas Tramo I” inclusive, categorizadas según la Resolución 220/2019 de la ex secretaria de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, que posean Certificado PyME vigente. (Anexo I) b) Asimismo, para que se consideren elegibles deberán tener DOS años o más de actividad económica verificable (conforme surja de la documentación respaldatoria). c) No estarán habilitadas a presentar proyectos las MIPyMEs que registren deudas fiscales.

2) Características de los Proyectos. Los proyectos deberán estar dirigidos a brindar asistencia técnica para la eficiencia energética en la MIPyME solicitante a fin de que pueda cumplir UNO (1) de los siguientes objetivos: a) Elaboración de un diagnostico energético. Solo para MIPyMEs que no tengan diagnósticos energéticos previos. b) Implementación de una o más etapas del SGEn (Sistemas de Gestión de la Energía). Solo para empresas que al menos aprobaron el primer entregable de la Resolución Conjunta 1-E/2017 (Anexo II) del Ex Ministerio de Energía y Minería, y Disposición 3/2018 (Anexo III) de la Ex Subsecretaria de Ahorro y Eficiencia Energética. c) La implementación de una o más etapas del SGEn que incluyan inversiones en Eficiencia Energética para la adquisición de herramientas y equipos. Solo para empresas que aprobaron al menos el tercer entregable de la Resolución Conjunta 1-e/2017 y Disposición 3/2018 de la Ex Subsecretaria de Ahorro y Eficiencia Energética.

3) Aportes No Reembolsables. El aporte no reembolsable que la SEEyME destinará a cada uno de los proyectos seleccionados en la presente convocatoria será: a) Elaboración de diagnósticos energéticos con análisis de preinversión hasta un máximo de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000). b) Implementación de una o más etapas del SGEn hasta un máximo de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000). c) Implementación de una o más etapas del SGEn, incluyendo inversiones en EFICIENCIA ENERGÉTICA (EE) para la adquisición de herramientas y/o equipos hasta un máximo de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000).

4) Presentación de Proyectos. a) La convocatoria tendrá lugar desde el 31 de agosto 2020 hasta el día 30 de septiembre 2020. b) Los proyectos serán presentados a través de la plataforma Trámites a distancia TAD (https://tramitesadistancia.gob.ar/). Pasos de acceso: - ingresar a TAD y seleccionar dentro de los trámites del Ministerio de Desarrollo Productivo "PAC Empresas Llamados Específicos - ANR". - Seleccionar el trámite correspondiente a aplicar: PAC Sistemas de Gestión en Eficiencia Energética. - Completar el formulario datos de empresa y adjuntar la documentación solicitada: * Formulario de Proyecto (Excel). * Factura pro-forma y/o presupuesto emitido por proveedores de servicios de asistencia técnica y por los posibles proveedores de servicio/bienes. * Constancia de la cuenta bancaria de la empresa solicitante. * Certificado MIPyME vigente. * Nota declarando bajo juramento no tener diagnósticos energéticos previos, o entregable/s aprobado/s de la Resolución Conjunta 1-E/2017 del ex Ministerio de Energía y Minería, y Disposición 3/2018 de la ex Subsecretaria de Eficiencia Energética, en caso de que corresponda. * Los prestadores de asistencia técnica deberán inscribirse en el Directorio de Proveedores de Asistencia Técnica, donde cargarán su Currículum Vitae (CV). (http://dna2.produccion.gob.ar/dna2bpm/user/login) - Si el proyecto es aprobado, recibirán una notificación por TAD en donde se comunicará el importe del ANR.